El sistema de encomiendas suponía en la práctica el sometimiento de comunidades nativas, su asentamiento en núcleos poblacionales y su conversión en una mano de obra servil al servicio del encomendero, que cobraba los tributos debidos al rey. No obstante, los nativos veían ratificada la propiedad y el disfrute de sus tierras, a cambio de unos tributos y prestaciones que recaudaban los caciques y entregaban al encomendero, con frecuencia por mediación de los misioneros. Entre otras condiciones, se regulaba la interacción del encomendero y los nativos y la vigencia temporal de la encomienda, de ahí que fuera necesaria su renovación o confirmación.

Desde comienzos del siglo XVI, surgieron críticos en España con la situación que sufrían los indígenas en los territorios conquistados por los españoles en las Indias, es decir, la actual América.​ Así, se registran las denuncias realizadas por Bartolomé de las Casas, Antonio de Montesinos o Francisco de Vitoria.

Las críticas a los abusos de los colonos impulsaron la promulgación de las Leyes Nuevas en 1542, que si bien no suprimieron las encomiendas, limitaron su impacto sobre las comunidades nativas. Las comunidades nativas sumisas a los españoles y capaces de asumir directamente su gobierno y el pago de los impuestos requeridos fueron liberadas de este sistema. Otras pervivieron, aunque los encomenderos debían garantizar el bienestar de los indios y la labor evangelizadora de los misioneros.
Leyes de proteccion a los indígenas
El desconocimiento de la Historia de la Conquista española es tan profundo que el relato que han hecho de esa historia los enemigos del Imperio español, y que curiosamente asumieron los propios españoles con un quijotismo digno del mejor Cervantes, ha sobrevenido intacto hasta nuestros días. Son numerosos los jefes de Estado o de Gobierno de Hispanoamérica que utilizan estas matracas falsas para sacar rédito político y traicionar lo que ellos son en realidad: fruto de la herencia hispana. Empezando por el término latinoamericano impuesto por Francia, tan popular en nuestros días y que no responde a la realidad.

Uno de estos relatos adulterado es que los españoles trataron pésimamente a los indígenas. Nada más alejado de la realidad história, al menos en terminos generales o por mandato de la Corona. Por supuesto que hubo maltratadores particulares, como en toda obra humana, pero censurados por el poder que trató por todos los medios de ponerles coto. Y se quieren pruebas y no cerrar los ojos ante los hechos, este es un resumen de las famosas Leyes de Indias, consideradas como verdaderos antecedentes de la legislación sobre Derechos Humanos.
EL TESTAMENTO DE ISABEL LA CATÓLICA
«Capítulo XII (Indios, su evangelización y buen tratamiento)

Ytem. Por quanto al tiempo que nos fueron concedidas por la Santa Sede Apostólica las islas e tierra firme del mar Océano, descubiertas e por descubrir, nuestra principal intención fue, al tiempo que lo suplicamos al Papa Alejandro sexto de buena memoria, que nos fizo la dicha concession, de procurar inducir e traher los pueblos dellas e los convertir a nuestra Santa Fe católica, e enviar a las dichas islas e tierra firme del mar Océano perlados e religiosos e clérigos e otras personas doctas e temerosas de Dios, para instruir los vezinos e moradores dellas en la Fe católica, e les enseñar e doctrinar buenas costumbres e poner en ello la diligencia debida, según como más largamente en las Letras de la dicha concessión se contiene, por ende suplico al Rey, mi Señor, mui afectuosamente, e encargo e mando a la dicha Princesa mi hija e al dicho Príncipe su marido, que ansí lo hagan e cumplan, e que este sea su principal fin, e que en ello pongan mucha diligencia, e non consientan e den lugar que los indios vezinos e moradores en las dichas Indias e tierra firme, ganadas e por ganar, reciban agravio alguno en sus personas e bienes; mas mando que sea bien e justamente tratados. E si algún agravio han rescebido, lo remedien e provean, por manera que no se exceda en cosa alguna de lo que por las Letras Apostólicas de la dicha concessión nos es inyungido e mandado».
Arriba, imagen del Testamento de Isabel.

A la izquierda, pintura de Eduadro Rosales, pintor madrileño, titulada «Isabel I dictando su testamento». Obra en el Museo del Prado. Abajo,

PDF con el testamento completo.
Tal y como defiende Juan Sánchez Galera en su libro «Vamos a Contar mentiras» , y mal que les pese a los seguidores de la propaganda antiespañola, los monarcas hispanos no consolidaron la conquista de América a sablazo limpio, sino gracias a un ejército de maestros y curas. Frente a quienes presentan a los descubridores y conquistadores del Nuevo Mundo como crueles genocidas, el historiador afirma que Leyes de Indias que reglaron la vida en aquellas colonias supusieron el origen de lo que hoy conocemos como Derechos Humanos.

Isabel la Católica fue la primera persona que se preocupó por los derechos de los indios: determinó que seguirían siendo los propietarios de las tierras que les pertenecían con anterioridad a la llegada de los españoles y, en el año 1500, dictó un decreto que prohibió la esclavitud.
LAS LEYES DE BURGOS DE 1512
En 1512 se reunieron en el convento de San Pablo de Burgos, a instancias de Fernando (Isabel ya había muerto), una Junta de teólogos y juristas al objeto de estudiar las denuncias de los dominicos sobre el trato que se infringía a los indígenas.

Las Leyes de Burgos o Reales ordenanzas dadas para el buen Regimiento y Tratamiento de los indios fueron sancionadas por el rey don Fernando el 27 de diciembre de 1512 y poseen un valor extraordinario, por cuanto constituyen el primer cuerpo legislativo de carácter universal que se otorgó para los pobladores del continente americano, siendo consideradas como la primera declaración de Derechos Humanos.

Fray Antonio de Montesinos planteó la cuestión ética de la conquista, de la condición humana de los indígenas y su sentido de libertad intrínseco a dicha condición. A  raiz de aquella manifestación del dominico, la Corona convocó a teólogos y juristas para que le aconsejaran sobre el problema del Nuevo Mundo.

Las proposiciones elaboradas por la Junta de Burgos suponían una posición intermedia entre las dos posturas en que se habían dividido las opiniones tras los sucesos de la Isla de la Española, que había obligado a Fray Antonio de Montesinos a formular las graves denuncias. Las Leyes de 1512 constan de 35 ordenanzas, muy exhaustivas, cuyo denominador común es la función protectora y humanizadora del indígena, al objeto de conformar su propio estatuto civil, basado en la dignidad, el trabajo y la libertad..
En total fueron 35 leyes promulgadas por el documento de Burgos de 1512​ que se resumen a continuación:

1: Los indios serán trasladados a «encomiendas». Por cada cincuenta indios, se construirán cuatro cabañas (treinta por quince pies). Esta tierra no se les puede quitar ya que fueron arrebatadas de su tierra original. Los indios se encargarán de la siembra de toda la comida. Durante las temporadas adecuadas, los encomenderos (hombres que vigilan a los indios) harán que los indios planten maíz y críen las gallinas.

2: Los indios dejarán voluntariamente su tierra para venir a las «encomiendas» para que no sufran de ser desalojados por la fuerza.

3: El ciudadano a quien se le entregan los indios debe erigir una estructura para ser utilizada como iglesia. En la iglesia debe haber un cuadro de Nuestra Señora y una campana con la que llamar a los indios al tiempo de oración. La persona que los tiene en la 'encomienda' debe ir con ellos a la iglesia todas las noches y asegurarse de que se persignan y canten varios himnos. Si un indio no viene a la iglesia, no se le permite descansar al día siguiente.

4: Para asegurarse de que los indios estén aprendiendo el cristianismo correctamente, serán examinados cada dos semanas y el Encomendero les enseñará lo que no saben. Él les enseñará los Diez Mandamientos, los Siete pecados capitales y el Credo. Cualquier «encomendero» que no lo haga correctamente será multado con seis pesos de oro.

5: Se construirá una iglesia equidistante de todas las fincas. Los domingos se celebrará la misa y se comerá una banquete. Si el encomendero no trae a sus indios, se le cobrará diez pesos oro.

6: Si la iglesia está demasiado lejos, se construirá otra.

7: Los sacerdotes que recolectan diezmos de las propiedades deben tener sacerdotes continuamente en las iglesias de las propiedades.

8: Se construirán iglesias en las minas para que los indígenas que trabajan en las minas puedan oír misa los domingos.

9: Quien tenga cincuenta indios debe elegir un niño que el encomendero crea capaz, para que le enseñen a leer y escribir, y también la importancia del catolicismo. Este niño luego enseñará a los otros indios porque los indios aceptarían más fácilmente lo que dice el niño que lo que dicen los españoles. Si el encomendero tiene cien indios, se elegirán dos muchachos. La fe debe estar arraigada en sus cabezas para que se salven las almas de los indios.

10: Si un indio se enferma cerca de donde hay un sacerdote, el sacerdote debe ir a él y recitar el Credo y otras cosas útiles de la fe católica. El indio se confesará sin que se le cobre una tasa. Si el indio va a morir, será enterrado con una cruz cerca de la iglesia. Si no lo entierran, el encomendero debe una multa de cuatro pesos oro.

11: Los indios no deben ser utilizados como transportistas para transportar cosas a los indios en las minas.

12: Todos los habitantes españoles que tengan indios en una «encomienda» deben bautizar a los bebés dentro de una semana desde su nacimiento.

13: Después de que los indios hayan sido llevados a las propiedades, el oro se buscará de la siguiente manera: los indios en una encomienda deben buscar oro durante cinco meses al año y al final de los cinco meses se les permite descansar durante cuarenta días. Durante los cuarenta días, los indios no deben ser empleados, a menos que sean esclavos y acepten plantar las cosechas. Durante los cuarenta días, los indios recibirán más instrucción en la fe, ya que tienen más tiempo para aprender.

14: Debe permitirse a los indios realizar sus danzas sagradas.

15: Todos los ciudadanos que tienen indios están obligados a alimentarlos con pan, ñame, pimientos y los domingos deben darles platos de carne cocida. Por cada infracción se pagará una multa de dos pesos oro.

16: Según el catolicismo, a los indios no se les permite tener más de una esposa a la vez y no se les permite abandonar a sus esposas.

17: Los hijos de los caciques de las islas menores de trece años serán entregados a los frailes para que se les enseñe a leer, escribir y otras cosas sobre el catolicismo. Cuando los hijos alcancen la edad de diecinueve, deben regresar a la encomienda y enseñar a los demás.

18: Las mujeres embarazadas no deben ser enviadas a las minas ni obligadas a plantar cultivos. Se mantendrán en la finca y se les obligará a realizar tareas domésticas como cocinar y deshierbar. Una vez que nace el niño, puede amamantarlo hasta que tenga tres años. Después de este tiempo, puede regresar a las minas y otras tareas.

19: Los indios no deben dormir en el suelo. Cada encomendero debe proporcionar hamacas a sus indios

20: A los indios se les dará un peso de oro cada año para pagar la ropa.

21: Los indios no pueden cambiar de amos. Un «encomendero» no puede emplear ni albergar a un indio perteneciente a otro «encomendero».

22: A los jefes indios se les permite que dos indios realicen deberes personales por cada cuarenta de sus súbditos. Además, los visitantes de las fincas deben tratar bien a los indios y enseñarles lo que saben del catolicismo.

23: Los inspectores oficiales deben mantener registros de las actividades y también del trato a los indígenas en las «encomiendas». Deben realizar un seguimiento de la población y la cantidad de oro que se extrae.

24: Los indios no deben ser abusados ​​física o verbalmente por ningún motivo.

25: Los indios no deben utilizarse en el comercio privado ni para ningún otro interés económico.

26: Los «encomenderos» que tienen a sus indios trabajando en minas distantes combinarán esfuerzos con otras propiedades para ayudar a proporcionar alimentos a los indios.

27: A los indios de otras tierras también se les debe enseñar las cosas de la fe católica. Deben ser tratados con amabilidad, a menos que sean esclavos.

28: Si muere un encomendero, su sucesor toma el control de los indios.

29: Deben designarse dos inspectores para cada estado.

30: Los inspectores serán elegidos por el almirante, los jueces y los oficiales. Estas personas deberían ser compensadas con indios en encomienda.

31: Las aldeas deben inspeccionarse dos veces al año, una a principios de año y otra en verano.

32: Si hay un indio fugitivo, los inspectores no pueden aprehenderlo. Debe ser entregados a un hombre de buena conciencia que encuentre al encomendero de los indios.

33: Todos los inspectores deben tener una copia de las Leyes de Burgos, firmada por el Gobernador.

34: Los inspectores deben disponer de residencias.

35: Una persona no puede tener más de ciento cincuenta indios y no menos de cuarenta indios en encomienda a la vez.

Se añadieron modificaciones a las Leyes de Burgos el 28 de julio de 1513:

1: Las mujeres indias casadas con hombres indios no deben ser obligadas a servir con sus maridos en las minas o en cualquier otro lugar a menos que sea por su propia voluntad o que sus maridos deseen tomarlas.

2: Los niños indios no tienen que hacer el trabajo de los adultos hasta que cumplen los catorce años. Luego se les obliga a realizar las tareas de los niños, como deshierbar o trabajar en las fincas de sus padres.

3: Las mujeres indias solteras que están bajo la autoridad de sus padres tienen que trabajar con ellas en sus tierras. Aquellos que no están bajo la autoridad de sus padres deben mantenerse separados para que no se conviertan en vagabundos.

4: Después de dos años de servicio, los indios pueden irse. Para entonces serán cristianos civilizados y adecuados, capaces de gobernarse a sí mismos.
De las leyes 50 copias que de las leyes de Burgos se mandaron imprimir, solo nos han llegado 3 copias manuscritas.
Las Leyes y ordenanzas nuevamente hechas por su Majestad para la gobernación de las Indias y buen tratamiento y conservación de los Indios, comúnmente conocidas como Leyes Nuevas o Nuevas Leyes, son un conjunto legislativo promulgado por Carlos I de España el 20 de noviembre de 1542 en Barcelona que pretendía mejorar las condiciones de los indígenas de la América española, brindándole una serie de derechos para que vivieran en una mejor condición.

Al respecto de la protección de los indígenas, estas leyes acentuaron las disposiciones sobre el buen trato de estos, retomándose cuestiones como el de condenarse la esclavitud del indio, al ser vasallo bajo protección del rey y que poseía los mismos derechos que el resto de súbditos de la monarquía, tratando de regular la Servidumbre, así como darles protestad de poseer tierras, tributar, participar en las decisiones de gobierno, que se consideren sus cuestiones comunales, participar como conquistadores y militares, ejercer cargos públicos, etc. Reafirmándose que el objetivo principal de la presencia de la Monarquía Hispánica en el Reinos de Indias era la evangelización de los naturales, por lo que el avasallamiento político del indio a la corona tenía que conseguirse a través de la persuasión (siendo algo voluntario, como su conversión al catolicismo), no tanto por la fuerza de las armas (a menos que se presentara alguna Guerra justa).​
LEYES NUEVAS O NUEVAS LEYES DE 1542
La encomienda se estableció por primera vez en España durante la Reconquista, y se continuó empleando durante la conquista española de América y las Filipinas. Los pueblos conquistados eran considerados vasallos (no esclavos) de la Corona.

Fue Nicolás de Ovando, gobernador de La Española, quien impulsó la concesión de comunidades indígenas bajo la figura de la encomienda, que limitaba el poder de los colonos encomenderos y los supeditaba a la autoridad de los oficiales reales. La corona intentó legislar al respecto, aunque en la práctica no fue fácil, pues se encontró con la oposición de los encomenderos y demás beneficiarios de la explotación de los recursos americanos. En la corte se impuso la doctrina defendida por algunos eclesiásticos y así lo evidencian las Leyes de Burgos u Ordenanzas para el tratamiento de los Indios, que fueron promulgadas el 27 de diciembre de 1512.

Estas leyes abolieron la esclavitud de los indios, regularon el requerimiento para someterlos y les reconocieron la condición de hombres libres, siempre y cuando aceptasen la fe cristiana y la soberanía de los reyes de Castilla.

LAS ENCOMIENDAS
Los tres tomos de las Leyes de Indias en pdf
LA PROTECTORÍA DE INDIOS
Los protectores de indios, pero en particular el Protector General, tenían la obligación genérica de velar por el buen estado de los indios y protegerlos de los funcionarios públicos por la fuerza de las armas. La necesidad de esta figura se hizo sentir desde muy pronto ante la brusca decadencia experimentada por la población indígena a raíz de la llegada de los españoles y el asentamiento de los primeros pobladores. Las noticias que llegaban a la metrópoli, principalmente por medio de los frailes que acompañaban a las expediciones de conquista y poblamiento (Las Casas), hablaban con reiteración significativa de atrocidades perpetradas en os actos de conquista, y de inmediato en el trato que los nuevos señores, ciegos de codicia y ambición, propinaban a unos pobres indios que se hallaban cultural e incluso biológicamente inermes ante la llegada de los españoles.

Superadas con relativa rapidez algunas dudas iniciales sobre la legitimidad y el carácter ético de la presencia española en Indias y sobre la condición humana y jurídica de sus naturales, pronto intentará la Corona encauzar legal y administrativamente este proceso, cuyos primeros pasos se habían producido de forma un tanto anárquica y seguramente sin demasiado escrúpulo. (Francisco J. Cuena Boy, Universidad de Cantabria).

Las primeras iniciativas dirigidas a la protección de la población indígena americana comienza en 1516, cuando un grupo de monjes jerónimos fueron enviados a las posesiones españolas en el Caribe para evaluar las consecuencias de la colonización en el declive demográfico de la población nativa debido a las enfermedades. El informe redactado por Fray Bartolomé de las Casas para el cardenal Cisneros es el documento más temprano disponible, tomando los obispos la labor de defensa de los nativos.

Cisneros otorgó el título de protector de indios a Bartolomé de las Casas de manera universal. Otros protectores de indios conocidos incluyen a Juan de Zumárraga (1527) y Hernando de Luque (1529).


EL PROTECTOR DE INDIOS.
CONSTANTINO BAYLE S.J.

CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS.

ESCUELA DE ESTUDIOS HISPANOAMERICANOS DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA.
1945

DE LAS CASAS: SU DOBLE PERSONALIDAD. MENÉNDEZ PIDAL
Bartolomé de las Casas (1484-1566) fue un fraile dominico y uno de los encomenderos que escuchó los sermones que, en diciembre de 1512, pronunciara fray Antonio de Montesinos en la ciudad de Santo Domingo. Como recordábamos en un artículo anterior, esta fue la primera denuncia de los abusos cometidos por los españoles con los indígenas americanos.

Las Casas había llegado muy joven a la isla La Española para tomar a su cargo los negocios de su padre. Por su participación en los combates contra los indios, recibió una primera encomienda (asignación de indígenas) y posteriormente una segunda. Se ordenó de sacerdote (ingresó más tarde a la orden dominicana). En 1514 experimenta una transformación radical. Probablemente el impacto de los sermones de Montesinos y su propia experiencia en los recorridos por la isla, en los que conoció de primera mano los casos de explotación y violencia y hasta de exterminios de la población nativa, y en los que trató personalmente con los aborígenes, le llevó a renunciar a sus encomiendas y a dedicarse a encontrar una solución para frenar lo que estaba sucediendo.

Su actividad es extraordinaria. Recorre La Española, Cuba, Puerto Rico, Jamaica; llega al continente, está en México, Nicaragua, Guatemala. Le nombran obispo de Chiapas, pero renuncia a los pocos años. En todos los lugares se informa minuciosamente de lo que ha ocurrido. Viaja a España varias veces, se entrevista con el rey Fernando, y cuando éste fallece, con el regente cardenal Cisneros, y años después con el nuevo rey Carlos I.

En su propio relato cuenta que le dijo lo siguiente: “Muy alto y muy poderoso rey y señor: yo soy de los más antiguos que a las Indias pasaron y ha muchos años que estoy allá, en los cuales ha visto por mis ojos, no leído en historias que pudieran ser mentirosas, sino palpado, porque así lo diga, por mis manos, cometer en aquellas gentes mansas y pacíficas las mayores crueldades y más inhumanas que jamás nunca en generaciones por hombres crueles ni bárbaros irracionales se cometieron, y éstas sin ninguna causa ni razón, sino solamente por la codicia, sed y hambre de oro insaciable de los nuestros”.

Tiene una importante participación en el debate que concluyó con la expedición de las Leyes Nuevas de Indias, expedidas por el rey Carlos el 20 de noviembre de 1542. En ellas se prohibía la esclavitud de los indios, se liberaba a los que estaban en encomiendas y se los ponía bajo la protección directa de la corona.

Las Casas escribió abundantemente, pero su obra más representativa, que puede considerarse como el primer informe sobre derechos humanos, es la “Brevísima relación de la destrucción de las Indias” (1552).

Autor: Ernesto Albán Gómez. Novedades Jurídicas. 5 de septiembre 2018
BARTOLOMÉ DE LAS CASAS
EL POLÉMICO DOMINICO
(con dos videos, y un libro de Menéndez Pidal)
De las Casas tiene una trayectoria que no deja indiferente a nadie. Aquí dejo, para que cada uno forme su opinión sobre este fraile dominico, dos pareceres publicados en Youtube. Uno de ellos interesados, pues lo patrocinó la Iglesia de Valladolid en una conferencia pronunciada por el catedrático Mariano Delgado, de la Facultad de Teología de la Universidad de Friburgo (Suiza). El otro, más neutral aunque igualmente apasionado, protagonizado por la historiadora doctora Elvira Roca Barea, de la que yo, personalmente me fío más.
Elvira Roca Barea sobre de las Casas
Mariano Delgado sobre de las Casas
«Este esbozo biográfico responde a una preocupación mía ya antigua. Comenzó ella en 1940 a causa de una sugestión por mí recibida para que ampliase ideas sobre América y Carlos V, adelantadas hacía poco en La Habana; mi impresión entonces fue francamente adversa respecto a Las Casas, al observar su intenso y monótono apasionamiento, siempre violento en acusar a conquistadores y encomenderos, siempre melifluo en exaltar a los indios. Mucho después, en 1956, los dominicos del célebre convento de San Esteban de Salamanca me hicieron la invitación, para mí tan atrayente como honrosa, de que hablase en el solemne centenario de aquella insigne casa, y al tratar entonces del Padre Vitoria y de Las Casas, comencé a ver que la grave inequidad de éste no era una falta moral, sino intelectual; aclarándoseme todo por completo, en 1957, mediante la consideración de un documento fehaciente. Desde entonces, a pesar de otros trabajos para mí más apremiantes, no cesó mi preocupación en el problema lascasiano, impresionado sobre todo por una notable falta de crítica muy arraigada en las biografías de Las Casas, falta debida a muy particulares circunstancias que concurrieron para formar y propagar la fama póstuma del biografiado.» Menéndez Pidal. Introducción a su libro: Bartolomé de las Casas. Su doble personalidad.
Fray Bartolomé de las Casas.
Félix Parra. 1945
LA CONTROVERSIA DE VALLADOLID

CÉSAR CERVERA

06/07/2016

Bartolomé de Las Casas no es el malo de la película, aunque tampoco es el bueno. Para defender una causa justa se valió de datos falsos o poco precisos, que más tarde empleó la propaganda extranjera con el propósito de levantar la Leyenda Negra contra España. En verdad, algunos conquistadores aprovecharon las encomiendas para abusar de los indígenas en contra de las recomendaciones de la Corona española, pero las cifras fueron exageradas adrede para que la voz de los críticos fuera escuchada. ¿20 millones de muertos causados por la violencia y abusos de los conquistadores? Los extranjeros dieron por buena esa cifra hasta que los propios enciclopedistas franceses cuestionaron su verosimilitud. El daño, no obstante, ya estaba hecho.

 

Nacido en Sevilla a finales del siglo XV, Fray Bartolomé de Las Casas era hijo de uno de los hombres que acompañó a Cristóbal Colón en uno de sus viajes y, él mismo, viajó en 1502 al Nuevo Mundo. Durante esta primera estancia en América, el sevillano se convirtió en encomendero, que era una forma de esclavitud encubierta.

Encomiendas, una esclavitud silenciosa

Esta institución sirvió para canalizar la ambición de los conquistadores de un sistema feudal en América, ante la incapacidad de las fuerzas reales de hacer valer su autoridad. Como explica el libro «La empresa de América: los hombres que conquistaron imperios y gestaron naciones» (EDAF), el proceso consistía en «encomendar» a un grupo de indígenas a un conquistador, un encomendero, como si se tratara de un vasallaje pero sin cesión de tierras.

 

Todo indígena varón entre los 18 y 50 años de edad era considerado tributario, lo que significaba que estaba obligado a pagar un tributo al Rey en su condición de «vasallo libre» de la Corona castellana o, en su defecto, al encomendero que ejercía este derecho en nombre del Monarca. Las encomiendas, no en vano, eran una cesión de los Reyes Católicos a cambio de que los conquistadores corrieran con los gastos de la evangelización, pues debían pagar, entre otros costes, el hospedaje del cura doctrinero.

 

En 1510, Bartolomé de Las Casas se ordenó como sacerdote y en los años siguientes ejerció como capellán castrense. ¿Cuándo se encendió en su ánimo esa preocupación por los indígenas? Tradicionalmente se emplaza sus preocupaciones a la matanza de indios en Caonao y la tortura del cacique Hatuey, en Cuba. Sin embargo, no sería hasta 1523 cuando ingresó en la Orden Dominicana y empezó su campaña en defensa de la población indígena y en contra de las encomiendas. Su texto clave fue «La Brevísima relación », dedicada al Príncipe Felipe con la intención de que el futuro Rey de España conociera las injusticias que cometían los españoles en América.

Guillermo de Orange ataca a España

El libro iba dedicado al Príncipe Felipe, pero quien más rédito le sacó a largo plazo fue Guillermo de Orange , el hombre que encabezaba en los Países Bajos la rebelión contra el Imperio español. Orange buscaba la forma de debilitar a España a través de la propaganda y se valió de las exageradas cifras del dominico para criticar la conquista de América y pintar a los españoles como esclavistas crueles. Coincidiendo con las negociaciones entre el nuevo gobernador de los Países Bajos, Alejandro Farnesio, y los líderes de las provincias de Flandes más católicas para volver a obedecer al Rey español, lo que vendría a llamarse la Unión de Arras, apareció en Amberes la primera edición francesa de la Brevísima.

 

El protestante flamenco que tradujo el texto le dio un título largo pero muy intencionado: «Tyrannies et cruautés des Espagnols perpétrées ès Indes occidentales, qu'on dit le Nouveau Monde, brièvement décrites par l'évêque don frère Barthélemy de Las Casas ou Casaus, de l'ordre de saint Dominique, traduites par Jacques de Migrode pour servir d'exemple et d'avertissement XVII provinces du pays». La estrategia de Orange pasaba por advertir a los católicos de que entenderse con los españoles era hacerlo con opresores de naciones, como así lo habían demostrado en las Indias, que no tardarían en hacer lo mismo en los Países Bajos.

Las traducciones de la Brevísima se multiplicaron en Europa y alcanzaron un número superior a las 62 ediciones. Y por si quedaba alguna duda en el título sobre la maldad de los hispánicos, el traductor sustituyó todas las menciones a los cristianos por la palabra españoles, lo cual tergiversa completamente el texto original del fraile. Como apunta el hispanista Josep Pérez en su libro «La leyenda negra» (Gadir), la intención de Bartolomé de Las Casas era «mostrar la contradicción entre el fin, la evangelización de los indios, y los medios utilizados: la guerra, la esclavitud, el trabajo forzoso, los malos tratos; porque así no se comportaban los cristianos sino los mahometanos. El que fueran españoles era secundario». Es decir, que la crítica no estaba enfocada contra los españoles, sino contra los malos cristianos.

 

Pero más allá de este uso propagandístico, el trabajo de Las Casas buscaba acabar con los abusos y se engloba dentro de la mala fama que arrastraban los conquistadores, incluso a ojos de la Corona. La orden de los dominicos, la mayoría de los teólogos y los profesores más eminentes, entre ellos Francisco de Vitoria, cargaban sin descanso contra la actuación de algunos conquistadores, a los que retrataban como gente violenta, grosera y carente de perspectiva. El fraile español fue muy influyente en la corte castellana y consiguió materializar sus protestas en 1542, con las Nuevas Leyes para el Tratamiento y Preservación de los Indios , que acabaron de golpe con la indefinición legal reinante en América.

 

Estas leyes consideraban a los reinos de Indias en los mismos términos que a otros tantos dentro del Imperio español – como podía ser Aragón, Navarra, Sicilia, etc.– y clasificaba definitivamente a los indios como súbditos de pleno derecho de la Corona, lo que impedía que fueran esclavizados bajo ningún supuesto. Concretamente, el artículo 35 prohibía directamente las encomiendas y el artículo 31 ordenaba que los indios sometidos a encomiendas. Pero, ya se sabe, del trecho al hecho hay mucho trecho.

Los franceses del siglo XVIII cuestionan las cifras

Otras muchas leyes para atajar los abusos se sucedieron desde Madrid –al igual que las revueltas por parte de los encomendadores– y causaron la indignación de un Rey, Felipe II, acostumbrado a que sus órdenes se cumplieran al milímetro , pero que veía en la distancia con América una barrera insalvable: «Yo he sido informado que los delitos que los españoles cometen contra los indios no se castigan con el rigor que se hacen los de unos españoles contra otros (...) os mando por ello que de aquí en adelante castiguéis con mayor rigor a los españoles que injuriaren, ofendieren o maltrataren a los indios, que si los mismos delitos se cometieses contra los españoles».

 

Las buenas intenciones de Las Casas y su éxito político solaparon algo evidente: sus cifras no se sostenían, y así lo denunciaron un puñado de autores españoles con escasa repercusión. En el extranjero la Leyenda Negra dio por ciertas las palabras del fraile y hasta el siglo XVIII no se empezaron a poner en cuestión. En «El Ensayo sobre las costumbres» (1756), Voltaire reconoció que Las Casas exageró de forma premeditada el número de muertos e idealizó a los indios para llamar la atención sobre lo que consideraba una injusticia.

 

«Sabido es que la voluntad de Isabel, de Fernando, del cardenal Cisneros, de Carlos V, fue constantemente la de tratar con consideración a los indios», expuso en 1777 el escritor francés Jean- François Marmontel en una obra, «Les Incas», que por lo demás está llena de reproches hacia la actitud de los conquistadores. Así y todo, la Revolución francesa y la emancipación de las colonias en América elevaron a de Las Casas a la categoría de benefactor de la Humanidad e hicieron olvidar otra vez los trabajos de Voltaire. Asimismo, la emancipación de las colonias disparó la publicación de ejemplares de «la Brevísima».

 

En su libro «Imperiofobia y Leyenda Negra» (Siruela), Elvira Roca Barea cuestiona directamente que de Las Casas conociera lo suficiente América para escribir algo así, pues ni se preocupó por conocer a los indios ni su idioma. «Su estancia más duradera fue cuando le nombraron obispo de Chiapas (1544-1550), pero sólo estuvo allí unos meses y en ese tiempo, como cuentan sus contemporáneos». La mayor parte de su vida restante la pasó en la Corte defendiendo sus textos.

 

En este sentido, María Elvira Roca Barea sostiene que «su mera lectura es suficiente para desacreditar [la Brevísima relación] como documento fidedigno y no hace falta desarrollar ningún tipo de razonamiento. Produce estupor y lástima a partes iguales. Nadie con un poco de serenidad intelectual o sentido común defiende una causa, por noble que sea, como lo hizo el dominico».

ARTÍCULO APARECIDO EN ABC HISTORIA SOBRE EL PADRE DE LAS CASAS
BARTOLOMÉ DE LAS CASAS
El fraile español que prendió la leyenda negra por usar datos falsos sobre los conquistadores de América
El dominico de Las Casas denunció la violencia de algunos conquistadores que se negaban a aceptar que, a los ojos de la Corona, los indígenas eran vasallos libres que no podían ser esclavizados.
La Controversia de Valladolid es como se llamó al debate que enfrentó a dos formas de ver y tratar la Conquista española en las Américas. Se celebró entre el 15 de agosto de 1550 y el 4 de mayo de 1551 en el Colegio de San Gregorio de Valladolid. Había necesidad de establecer unos fundamentos jurídicos que avalsen esta Conquista, algo que no sucedió en los casos de conquista británicos, holandeses o alemanes.

Ambas posturas discutieron sobre la polémica de los naturales, que es el término que se usaba entonces para referirse a los indígenas americanos.
Una corriente estuvo representada por Bartolomé de las Casas; la otra por Juan Ginés de Sepúlveda.

No hubo una resolución final, aunque fue el inicio de un cambio que se tradujo en más derechos para los indígenas auspiciado por la Corona española.

«UN ESPAÑOL NO CONOCE ESPAÑA DE VERDAD SI NO CONOCE HISPANOAMÉRICA»

Federico García Lorca
Juan Rodríguez-Briso, cineasta vallisoletano, gracias a sus muchos años en Hispanoamérica (que no Latinoamérica), se dio cuenta de lo mucho que se desconoce en España de nuestros hermanos del otro lado del Atlántico. Tan sorprendente es esta ignorancia, que incluso en la propia capital del Pisuerga apenas se conocía el hecho histórico llamado 'La controversia de Valladolid'. Rodríguez-Briso se vio motivado para llevar este hito histórico a la gran pantalla con su película-documental «La controversia de Valladolid: El amanecer de los derechos humanos».

«Yo suelo decir que este proyecto parte de mi ignorancia y de que alguien, en un momento, me comentara sobre este hecho tan importante. Me sorprendía que no tuviera ninguna visibilidad ni local, ni nacional, ni internacional. Bueno, internacional un poquito porque en Francia hay gente que lo conoce y en la ONU alguna vez se ha hecho mención, pero aquí no se hace gala de algo que fue importante en la ciudad. Valladolid puede alardear de su comida etc., como muchas otras ciudades, pero esto es una cosa única que pasó aquí. Me parecía que había que darlo más a conocer porque es un hecho extraordinario en la historia de la humanidad.» (Juan Rodríguez-Briso, en una entrevista en Tribuna de Valladolid, el 5 de diciembre de 2023, por Rebeca Pasalodos).
La película de 1992 nace a raíz de un libro que publica un francés, porque una parte de los documentos originales de la Controversia están en Francia. A raíz de ese libro, se hace una obra de teatro que luego deriva en película. Esa película se toma muchas licencias históricas. Por ejemplo, están los dos personajes principales, De las Casas y Sepúlveda, como en un juicio discutiendo entre ellos. En la realidad nunca fue un cara a cara, exponían por separado. O traen a testificar a indígenas y traen trozos de templos aztecas para que se viera la monumentalidad y que los aztecas tenían raciocinio. Todo eso son licencias artísticas. Los discursos sí que son más o menos fieles porque los tomaron de las mismas fuentes que nosotros, pero nosotros hemos ido a ser lo más estrictos posible. Además, la película francesa se centra solo en el debate, que es lo que hicimos nosotros en el cortometraje que dio origen a esto, pero nos parecía que se quedaba, precisamente, corto. No es que un día se levantan y dijeran 'vamos a debatir', sino que es un proceso de 40 años, que arranca con las primeras denuncias en América, luego leyes que va promulgando la Corona, gente que no cumple esas leyes, otras leyes que se promulgan, aparece la Escuela de Salamanca... Son 40 años que culminan con el debate y, sobre todo, con la orden de Carlos V de parar la conquista, que es un hecho muy relevante. Que un imperio dominante decida hacer una pausa sin que nadie le obligara por un tema de conciencia, es relevante. Y encontrar el documento donde se manda parar la conquista es una maravilla.
LA CONTROVERSIA DE VALLADOLID: UNA RECIENTE TERJIVERSACIÓN DE LOS HECHOS EN UNA PELÍCULA FRANCESA.

y PUNTO Y SEGUIDO...PORQUE NO PARARÁN

Libro de Pidal